martes, 3 de septiembre de 2013

Ley de Salud Mental ¿Reglamentación = Implementación?

"La verdadera locura quizá no sea otra cosa que la sabiduría misma que,
cansada de descubrir las vergüenzas del mundo,
ha tomado la inteligente resolución de volverse loca"
Heinrich Heine

¿Quién está  loco para esta sociedad muchas veces excluyente y represora?  Es el que está fuera de lugar, el que no sirve, el  diferente, el que no se entiende. Y entonces, da miedo. 
¿Y qué trato merece entonces el que es diferente a lo “normal”? La sociedad responde: el encierro es la mejor solución. El destino que la sociedad propone para el loco es el manicomio. Entonces,  se supone que dicha persona, en una sala cerrada y apartada del resto de la sociedad,  luego  de llevarse a cabo acciones terapéuticas y farmacológicas sobre él,  logrará convertirse en una persona normal y así volver a insertarse.

Ahora bien, ¿cuán valido es este planteo? Ya es hora de repensar varias cuestiones en torno a la locura.  Evidentemente se  deja de lado que detrás de esta enfermedad, hay una persona que vive en carne propia la exclusión, la medicalización y el encierro. Es necesario un cambio de perspectiva, un giro para el lado humanitario.



Históricamente, las prácticas sociales y políticas que el  catalogado como loco ha sufrido han sido descalificadoras, ubicándolo como objeto molesto que no da ningún beneficio a la sociedad, y jamás proponiendo una verdadera integración de éste a la comunidad. Es que esta integración, conllevaría a una acción social más grande aun, donde la locura y la normalidad deberían ser redefinidas, poniendo así en debate la relación entre individuo-sociedad. Claro está, que este tipo de accionar es fácil de pensar, pero muy difícil de llevar a la práctica, sobre todo en una sociedad donde la  locura  sigue rodeada de tabúes y sigue siendo dramatizada.

Sin embargo,  “a mediados del siglo pasado se comenzaron a producir, en diversos puntos del mundo, formas distintas de entender la locura y el modo de abordarla. Al movimiento que cuestiona los fundamentos y efectividad del manicomio se lo conoce como desmanicomialización”[1]. Hoy en día existen espacios que forman parte de este movimiento, como por ejemplo  la Sala G del Hospital Melchor Romero de la ciudad de La Plata que lucha por los derechos de las personas internadas.  Pero es necesario recalcar que desde la mirada política, hasta el año 2010 no habían herramientas legales y políticas que  respalden esta lucha, dificultando la tarea de estos espacios. Es en el 2010, después de muchos años de batalla de dichos espacios,  que se promulga la Ley Nacional de Salud Mental (Ley Nº 26.657).

¿Qué es la nueva Ley de Salud Mental?

La nueva Ley propone un cambio de paradigma. Para empezar, la idea de salud mental toma un giro radical: aquí será tomada como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. Dicho proceso, vale recalcar, refiere al movimiento y al cambio constante.

La modalidad de abordaje propuesta consiste en la construcción de la Red de Servicios con base en la comunidad,  que implica una nueva manera de gestión de la demanda en el seno de la comunidad. Se vislumbra con claridad que ahora el modelo a seguir es el de la Salud mental Comunitaria integradora de diversas disciplinas, el saber de la comunidad, el del propio usuario, entre otros, como el trabajo solidario, participativo e intersectorial. Así entonces, habrá  control social y elaboración de planes en relación a lo comunitario y también la misma comunidad incidirá en el debate sobre los proyectos de salud.

Es necesario entender que la salud no es una cuestión médica y que lo determinante de la  enfermedad  está en relación a lo comunitario social.  Siguiendo esta línea, resulta necesario contar con una comunidad consciente de la exclusión que se ejerce sobre las personas con  algún padecimiento. Es decir que se conozca  la función que tiene en esta situación. Así entonces, sólo participando activamente en la transformación, es que se podrá lograr una inclusión y reinserción comunitaria real.

El objetivo es poner el acento en que la nueva ley significa un cambio de perspectiva sobre la salud. Esta ley es renovación ¿Y eso por qué?  Porque rompe con el modelo médico hegemónico, proponiendo un abordaje a través de un equipo interdisciplinario, o sea equipos compuestos por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados de distintas disciplinas que trabajan en conjunto con un mismo objetivo que es el bienestar de la persona a partir de un tratamiento digno. Hay que mencionar que además se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales y que se busca la singularidad de cada sujeto.

Luego de dos años de espera, y de retrasos, finalmente se aprobó el Decreto Reglamentario, a partir de lo cual se abre una nueva coyuntura.

El paso que falta: Implementación

Para poder pensar una implementación plena de la nueva ley, es necesario considerar las problemáticas del manicomio como problemáticas de índole social. De esta forma cuando se piensa la implementación en la práctica de la ley, se habla de un trabajo que posea íntima relación con la comunidad en la que viven todas las personas. La mejor inclusión del individuo se debe dar a partir de una nueva relación entre él y la comunidad que lo alberga, que lo incluye y que le permite romper con el encierro. Es esencial considerar que esta nueva relación es la que se debe gestar.

En este marco, en La Plata se dio el Pre-Encuentro en Prácticas de Salud Comunitaria, donde se empezó a discutir, con los objetivos puestos en el Encuentro Nacional que será en Noviembre, cuál es la mejor manera de abordar la inclusión de la comunidad en base a los artículos que ya fueron reglamentados.

En el caso del Art. 31 (Capítulo V) la ley explica que se debe implementar un Plan Nacional de Salud Mental acorde a los principios que se discutan con la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Salud). Uno de los objetivos de estos encuentros es comenzar a discutir las bases del Plan, para que este haga uso de herramientas comunitarias, ya que se debe gestar en torno a la relación del individuo con la sociedad, y la contención que el Estado debe garantizar para la re-inserción del mismo, entre otras cosas.

Pero uno de las cuestiones por las cuales la reglamentación abre interrogantes en relación a una plena implementación de la Ley, recae en el Art. 32 de la misma. En este artículo se plantean los recursos económicos que propondrá el Estado para las partidas presupuestarias destinadas a la salud mental. Este artículo aún no ha sido reglamentado, y aquí es donde uno debe preguntarse, si es que verdaderamente están dadas las condiciones desde las políticas económicas para una inversión en el campo de la salud. Este último artículo sin reglamentar deja muchas dudas acerca de la implementación plena que el Estado Nacional realizara.

Son los espacios  que piensan en la integración del individuo y pugnan por la desmanicomialización los que llevaran este proceso adelante, sobre todo en lo que refiere a las prácticas dentro del manicomio.
La plena implementación debe estar basada en una perspectiva diferente a la que se tiene en la actualidad sobre la persona excluida. Solo así se podrá gestar una nueva relación con la comunidad. En consonancia con esta idea, hay que dar lugar a las palabras de  Franco Basaglia quien  proponía poner  “la enfermedad entre paréntesis”  ya que que debe entenderse a los sujetos en su experiencia, visualizarlos, pensarlos como personas activas. Así, lo que se encontrará en el sujeto será su singularidad, su vida cotidiana, sus proyectos, su pasado, sus gustos, sus deseos.




[1] Nota: “Desmanicomialización, una lucha por la salud”. Revista Otro Viento – Nº Junio

ILUSTRACIÓN: Giya Zabalza
Textos: Inés Sierra y Augusto Andrés

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