La
muerte de Santino, un niño alojado con su madre en la Unidad N° 33 de Los
Hornos, pone en evidencia la gran cantidad de falencias en las situaciones de
encierro de miles de mujeres con sus hijxs en los diversos “pabellones de
madres” en nuestro país.
Las cárceles para mujeres en Argentina presentan una
población carcelaria con características similares. Esto responde a una
situación más global acerca de quiénes son las personas que terminan detenidas.
Pobres, presas sin condena, sostén del
hogar en familias monoparentales, son, en líneas generales, las mujeres
encarceladas hoy en nuestro país.
Según
un estudio del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), “Mujeres en prisión:
los alcances del castigo”- que se
limita a analizar la situación de las mujeres en las cárceles federales-,
existe, hoy en día, un alto índice de mujeres extranjeras entre las personas
privadas de la libertad. Estas representan un 48% y, en su gran mayoría, están
detenidas por delitos vinculados a supuestas
infracciones a la Ley de Estupefacientes. No sólo ellas, sino que
dentro del otro 52% también rondan este tipo de delitos sumados a aquellos que no
son violentos. En su mayoría, además, estas mujeres no han tenido antecedentes
y más aún, casi la mitad no tiene una condena firme.
En cuanto a su situación familiar, muchas de las
mujeres privadas de la libertad presentan
importantes responsabilidades familiares constituyéndose en hogares
monoparentales donde son ellas las que brindan el único ingreso económico. Es
aquí donde entran los pabellones de madres. En la provincia de Buenos Aires,
las mujeres con sus hijxs son alojadas en la Unidad N° 33 de Los Hornos (La
Plata), en la Unidad N° 54 de San Martín y, en menor proporción, en la Unidad
N° 50 de Mar del Plata y en la Unidad N°4 de Bahía Blanca bajo la órbita del
Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).
La
existencia de “pabellones especiales de madres”
refuerza, entre varias cosas, el rol mujer-madre tan instaurado en
nuestra sociedad patriarcal. Para comenzar, la ley establece que son sólo las
mujeres quienes tienen la posibilidad de mantener con ellas a sus hijxs menores
de 5 años. Más aún, pueden obtener un arresto domiciliario – cosa que rara vez
sucede- por el hecho de ser madres para priorizar el vínculo materno. Nada se
especifica entonces, del papel del padre en este sentido, destinando la crianza
de lxshijxs exclusivamente a las mujeres.
Fabián
Bernal desde el Comité contra la Tortura (CCT), programa de la Comisión
Provincial por la Memoria, especificó la crítica hacia esta concepción
argumentando que por su parte hablan de
“mujeres alojadas con sus hijos y no de madres, la gran mayoría de las mujeres
que están privadas de su libertad son madres, con lo cual no dejan de ser
mujeres”. Esta diferenciación lleva consigo la visión de que estas mujeres
no son sólo madres sino que su identidad como personas va más allá.
Por otra parte, no sólo se les atribuye este rol
sino que se les exige ser una “buena madre” ¿Qué implica ello? Que tal como lo
afirmó Bernal, “hay una visión desde las
unidades que alojan mujeres, de calificar su conducta de acuerdo a su condición
de madre, entonces si deja al niño solo, es mala”.Los horarios de los
talleres a los que pueden acceder las mujeres suelen
superponerse con el cuidado de sus hijxs, es decir, cuando no funciona la
guardería.Esta situación, imposibilita muchas veces por ejemplo, el acceso a la
educación o a los talleres de trabajo para las mujeres, sin dejar de decir que
éstos son “privilegios” a los que no todas pueden accederen el sistema de
premios y castigos del Servicio Penitenciario.
Más aún, tal como comentó Bernal de la CCT, los talleres que brinda el SPB –costura, manualidades,
entre otros- están lejos de convertirse en una posible salida laboral para
cuando las mujeres salgan en libertad sino que terminan reforzando su “rol de
mujer” dentro del hogar.
Sumado a
esto, las condiciones de vulnerabilidad en las que viven las mujeres hacen que
el cuidado de lxsniñxs esté lejos de ser el ideal. Falta de alimentación
adecuada, falta de atención en la salud, falta de espacio habitacional, son
moneda corriente para todxslxs que viven en estos pabellones. De hecho, la mayoría de
las unidades donde residen las mujeres con sus hijos no fueron creadas para
dicho fin, por lo cual a las ya mencionadas falencias se les suman muchas más,
por ejemplo, de carácter estructural.
Estas violaciones sistemáticas de derechos a las
madres y a lxshijxs han desencadenado en situaciones aberrantes, sin ir más
lejos, este año murió un bebé en la Unidad N° 33 por estar alojado en el
pabellón cuando realmente debía estar en un hospital, bajo atención médica, por
su condición de prematuro.
Una nueva
víctima de la inseguridad
En la UnidadN° 33 residen aproximadamente 280
mujeres, de las cuales alrededor de 110 están con sus hijxs. Karina, la mamá de
Santino, se encontraba allí. A pesar de haber sido sobreseída por
inimputabilidad, estaba alojada, en primer lugar, en la Unidad N° 45 que es
para hombres y tiene un anexo para mujeres con algún padecimiento psiquiátrico.
Pero, cuando quedó embarazada el SPB la derivó a la Unidad N° 33 donde nació
Santino.
El martes 4 de febrero,con menos de un mes de edad,
a Santino se le produjo una broncoaspiraciónde moco lo cual le impidió el paso
de oxígeno provocándole la muerte. Lejos de tratarse de un accidente, o
responsabilidad de Karina, como quisieron trascender, fue una consecuencia directa
de la falta de atención a un bebé prematuro que nada tenía que estar haciendo
allí sino en un hospital. “Se le muere por causas que no tienen nada
que ver con ella sino por múltiples motivosque no hubiesen sucedido afuera
seguro, pero que ahí adentro le causó la muerte", especificó Carola
Bianco, abogada y directora del
Programa de Niñez, Derechos Humanos y Políticas Públicas que funciona en la
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNLP).
Allí no había una ambulancia en funcionamiento para
casos de emergencias, tampoco un/a médicx de guardia para urgencias, incluso la
sala médica se encontraba cerrada con un candado hacía tiempo. Esto es
exclusivamente responsabilidad de lxsfuncionarixs a cargo de proteger los
derechos de lxsniñxs y mujeres de la Unidad.
Luego del fallecimiento de su hijo, Karina fue
trasladada nuevamente a la Unidad N° 45. Bernal, indicó que cuando desde la CCT
fueron a buscar a Karina la encontraron en la parte de sanidad de hombres. Sumado a esto, no existió ningún tipo de
contención ni acompañamiento hacia ella, lo que marcó, según Bernal el “grado
de deshumanización con el que ven a las personas, los ven como un número más,
ya sean mujeres u hombres, el Sistema Penitenciario y el Poder Judicial los ven
como expedientes”.
Lejos de quedarse con las manos cruzadas, mujeres de
la Unidad, acompañadas de algunas organizaciones de Derechos Humanos,
redactaron un petitorio en el cual
exigían: “Una ambulancia equipada y en
condiciones para ser utilizada exclusiva y excluyentemente para servicios
sanitarios con personal idóneo, insumos
suficientes tanto como para situaciones de emergencia, como tratamiento médico,
y para la atención cotidiana de atención permanente, primaria”.
¿Y el Poder
Judicial y los organismos de Derechos Humanos?
El pasado 28 de marzo, el petitorio redactado por
las mujeres madres de la Unidad N°33 y redireccionado a distintos organismos
encargados de la vigencia de los derechos humanos en el encierro, tuvo su
réplica desde la Suprema Corte Bonaerense(las peticionantes recibieron la
respuesta exactamente un mes después[1]).
Con lealtad a las prácticas burocráticas, la Corte
giró copias de las presentaciones de las mujeres privadas de su libertad a la
Procuración General, a la Defensoría de Casación, al Comité contra la Tortura,
y a José Villafañe, titular del Juzgado de Ejecución N°2. Le solicitó, con
cierta ingenuidad, al Ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, que
desarrolle las herramientas que considere “indispensables” para garantizar los
derechos básicos de las mujeres y niñxs intramuros, informándolos
periódicamente. Y por último, delegó en la Subsecretaría de Derechos Humanos de
las personas privadas de la libertad, a cargo de Martín Lorat, la realización
de entrevistas en la misma cárcel, materializadas el 16 de abril pasado.
Carola Bianco fue una de las primeras, junto a
Anatilde Senatore del Centro de orientación para Familiares de Detenidos (CoFam),
en acudir al pedido de las mujeres de la Unidad N°33frente al cual diversos operadores judiciales y
estatales involucrados en la protección y efectiva vigencia de los derechos
humanos en el encierro actuaron con cierta indiferencia.
Bianco comentó que esto se debe a que al ser parte de
un organismo del Estado, existen otras lógicas, más burocráticas, más
jerárquicas, “y el sistema penitenciario
se mueve por eso”. Además, explicitó que “los organismos que controlan los derechos humanos, deben participar de
lógicas parecidas, a pesar de que conozca a algunas personas, y sepa que son comprometidas”,
por lo cual se encontraron, en primera instancia, solas en el caso de Karina.
Por un lado, los voceros de la disonancia disputan
quién va a aumentar más el poder del sistema penal para perseguir, hostilizar y
encerrar a las personas más vulnerables. Por el otro, gran parte de la prensa
hegemónica repite hasta el cansancio que “los delincuentes entran por una
puerta y salen por la otra”. Ni unos ni
otrosvan a cuestionar tanto la falacia de la “puerta giratoria” (fácilmente
refutable por el más del 70% de presos sin condena firme y el aumento sin cesar
de la tasa de encarcelamiento en el ámbito bonaerense) como cuál es el destino
de las personas que “no saldrían” y “permanecen” prisionizadas.
Las
consecuencias del encierro ante la presunta comisión de un delito por transgresiones
en menor escala a la ley de estupefacientes o a la propiedad privada, fijado en
la mayoría de los casos para la “seguridad del proceso judicial”,muestra la
desproporcionalidad directa e inmediata entre los derechos humanos de varios
actores afectados y el bien jurídico posiblemente dañado.
El
castigo penal no sólo afecta a las mujeres madres si no a sus hijxs (tanto lxs
que permanecen fuera como dentro del ámbito penitenciario) y al resto de su
familia, contrariando un principio básico del derecho internacional de los
derechos humanos, que impide que la pena privativa de la libertad trascienda
extraordinariamente en otras personas.
Ante la realidad de la gran mayoría de las mujeres
madres detenidas sin condena y por delitos no violentos en la Unidad N° 33, al
igual que en el resto de las prisiones en nuestro país, resulta indispensable
la utilización de mecanismos alternativos (o morigeraciones) a la pena
privativa de la libertad (pulseras magnéticas, arrestos domiciliarios, etc.,)
para evitar muertes previsibles y daños físicos o psíquicos irreparables que se
proyecten durante el resto de la vida de lxs damnificadxs. Estas medidas son muchas
veces, tal como señala el informe del Observatorio de Violencia de Género que
funciona en la Defensoría del Pueblo, denegadas arbitrariamente “por cuestiones
de clase”.
La muerte
de Santino no es un lugar más ocupado en los cementerios. Es un golpe duro al corazón
de una madre y una familia, que se inscribe en una crisis penitenciaria,
extendida a lo largo y ancho de nuestro país donde las rejas se convierten en corrales
de violencia y exclusión.
Ilustración: Giya Zabalza
[1]Sugerimos para estar informado de las distintas
problemáticas de la Unidad N°33, agregar al perfil de facebook de la Red Niñez
Encarcelada.
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